RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA     35/2021

 

Tiebas a 4 de octubre de 2021

 

Dª. LEIRE MARTÍNEZ CARNEIRO, Presidenta del Concejo de Tiebas, por medio de la presente,

 

EXPONE:

 

Asunto: Nuevas “MEDIDAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DE ACTVIDADES DEPORTIVAS Y UTILIZACIÓN DE LOS GIMNASIOS Y FRONTÓN” y nuevas “MEDIDAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES CURSOS VARIOS Y UTILIZACIÓN DE LOS LOCALES CONCEJILES” de Tiebas.

 

Visto que debido a la situación de la pandemia del Covid-19 en su momento fueron adoptadas por la legislación estatal y foral diversas medidas de protección de la salud pública de obligado cumplimiento las cuales han estado vigentes hasta la presente fecha.

 

Visto que por ello desde la Presidencia del Concejo se adoptaron varias resoluciones para adaptar al ámbito de este Concejo dicha legislación, aprobándose por ello una serie de «MEDIDAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y UTILIZACIÓN DE LOS GIMNASIOS Y FRONTÓN» y nuevas “MEDIDAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES CURSOS VARIOS Y UTILIZACIÓN DE LOS LOCALES CONCEJILES” de Tiebas de concordes con dicha legislación, estatal y foral.

 

Visto que estos pasados días se ha aprobado y publicado la Orden Foral 35/2021, de 29 de septiembre, de la Consejera de Salud del Gobierno de Navarra, por la que se dejan sin efecto las restricciones derivadas de las medidas específicas vigentes como consecuencia de la situación epidemiológica derivada del Covid-19.

 

Visto por tanto que, actualmente, únicamente siguen vigentes las limitaciones y medidas sanitarias aprobadas por la legislación estatal, siendo éstas la obligación del uso de la mascarilla en espacios cerrados y en espacios abiertos si no se guarda la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

RESUELVE:

PRIMERO.- DEROGAR todas las «MEDIDAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y UTILIZACIÓN DE LOS GIMNASIOS Y FRONTÓN» de Tiebas y las “MEDIDAS Y NORMAS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES, CURSOS VARIOS Y UTILIZACIÓN DE LOS LOCALES CONCEJILES” de Tiebas que con carácter especial fueron aprobadas por la Presidencia de este Concejo desde el inicio de la pandemia del Covid-19 y recogidas, entre otras, en las resoluciones números 26/2021 y 27/2021, ambas de fecha de 28 de junio, y demás anteriores.

Según esto las Normas de utilización de todas las instalaciones, edificios y locales del Concejo de Tiebas serán las mismas que estaban vigentes antes de la incidencia de la pandemia del Covid-19, si bien serán de aplicación las limitaciones y medidas sanitarias aprobadas por la legislación estatal, siendo éstas la obligación del uso de la mascarilla en espacios cerrados y en espacios abiertos si no se guarda la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

La DURACIÓN de las presentes medidas e instrucciones serán de aplicación en la presente situación, sin perjuicio de que puedan ser modificadas a la vista de los acontecimientos, o de que se adopten nuevas medidas de diferente carácter, estando siempre supeditadas a las indicaciones, recomendaciones y normativa de las instituciones del Gobierno de Navarra y estatal competentes en la materia.

SEGUNDO.- La presente Resolución así como los anuncios y avisos correspondientes se publicarán en el Tablón de Anuncios del Concejo y en los lugares de difusión que se considere oportunos (página web, puertas de los locales y dependencias, redes sociales, etc).

 

Dª. Leire Martínez Carneiro

Presidenta

Lo que se le notifica a Vd. para su conocimiento y efectos haciéndole saber que, contra la presente Resolución/Acuerdo, podrá interponerse optativamente alguno de los siguientes recursos en los plazos que respectivamente se indican, contados a partir del día siguiente al de la notificación de este escrito:

.- Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes (Artículos 123 y 124 de Ley 39/15 LPACAP).

.- Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes (Artículos 337 y ss. de la Ley Foral 6/90 LFAL).

.- Recurso ante el Juzgado de lo Contencioso – Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses (Artículo 8 de la Ley 29/1998 LJCA).

RESOLUCIÓN 35-21 DEROGACIÓN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS COVID-19